Calle Javier Mina 63 Zapopan Jalisco Teléfono: 01 (33) 3636-8080 E-mail: corredor@correduria80jalisco.com

Correduría 80 Jalisco

slidebg1


El corredor público es un profesional en Derecho especialista en el área mercantil que brinda servicios jurídicos a las personas físicas y morales con el objetivo de dar certeza jurídica a los actos que entre comerciantes se realicen.

La función del Corredor Público es garantizar y dar certeza jurídica, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y brindando asesoria profesional e imparcial, con la obligación de guardar el secreto profesional.

Es habilitado por el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Economía, por ello, se encuentra investido de fe pública.

CONTÁCTENOS

Si tiene alguna duda por favor use el formulario de contacto de nuestra página o llámenos a los teléfonos de la página de Contacto.

SECCIÓN DE PREGUNTAS FRECUENTES

Es un profesional del derecho, habilitado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía y que auxilia al empresario en sus negocios.
Conforme a la Ley Federal de Correduría pública, le corresponde:
  • I.- Actuar como agente mediador, para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil.
  • II.- Fungir como perito valuador, para estimar, cuantificar y valorar los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.
  • III.- Asesorar jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio.
  • IV.- Actuar como árbitro, a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, de acuerdo con la ley de la materia
  • V. Actuar como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto en tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil.
  • VI. Actuar como fedatario en la constitución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica.
  • VII. Cotejar y certificar copias
  • VIII. Demás que le señalen las leyes.
Valuación, Arbitraje, Mediación, Registro de Marcas, Registro de Patentes, Registro de Obra Intelectual, Asesoría en materia Inmobiliaria, Civil y Mercantil, Elaboración de Contratos, Elaboración de Convenios.
Subir